REGLAMENTO DE CERTÁMENES DE MORFOLOGÍA CANINA
(EXPOSICIONES Y CONCURSOS DE BELLEZA)
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Real Sociedad Canina de España, con el fin de valorar y seleccionar los ejemplares más representativos de cada
una de las razas caninas que puedan ser utilizados para la crianza y contribuir con ello a mejorar las razas puras,
siguiendo los criterios morfológicos, estéticos y de comportamiento establecidos en los estándares de cada raza,
aprobados por la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.), y aceptados por la R.S.C.E., y en el caso de perros
de razas puras españolas, por los estándares oficiales publicados en el Anexo al R.D. 558/2001; Orden Ministerial
del M.A.P.A. de fecha 2 de agosto de 2001; Orden A.P.A. 880/2002, de 17 de abril; Orden A.P.A. 807/2004, de 24
de marzo; y R.D. 1557/2005, de 23 de diciembre, organiza exposiciones y concursos de belleza o estructura
canina, juzgados por jueces cualificados de reconocida experiencia que tienen en cuenta en sus calificaciones las
cualidades y posibles defectos de cada uno de los ejemplares exhibidos.
II
CERTÁMENES DE MORFOLOGÍA CANINA
ARTÍCULO 1º
Dentro de las competencias que le son atribuidas, y en virtud de su condición de miembro federado de la F.C.I.
desde 1912, la R.S.C.E. puede conceder, en las exposiciones que organiza, los denominados Certificados de
Aptitud de Campeonato de Belleza (C.A.C.), valederos y puntuables para obtener el título de Campeón en España
de Belleza de la R.S.C.E., que se pone en competición en las exposiciones nacionales de campeonato que organiza
la sociedad o autoriza para que se otorgue en otras exposiciones organizadas por asociaciones colaboradoras de
la R.S.C.E.; y el Certificado de Aptitud de Campeonato Internacional de Belleza (C.A.C.I.B.) que concede la F.C.I., y
que autoriza se ponga en juego en las exposiciones organizadas por las asociaciones nacionales que forman parte
de la misma, pudiendo éstas, a su vez, autorizar a otras asociaciones caninas del país, colaboradoras suyas, a que
se ponga en competición, si así lo consideran oportuno.
Se denominan exposiciones internacionales a las que se pone en competición el C.A.C.I.B.; y nacionales cuando es
el C.A.C. el que se pone en juego.
Las marcas C.A.C. y C.A.C.I.B. son propiedad en España de la Real Sociedad Canina de España, estando registradas
legalmente a su nombre, con los números 2068093 y 2068097 en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
ARTÍCULO 2º
Los distintos certámenes de belleza o estructura canina de la R.S.C.E. se clasifican en:
a) Concursos (generales o monográficos)
Son todos aquéllos en los que no se pone en competición el C.A.C. ni el C.A.C.I.B..
Los concursos generales, de todas las razas, son juzgados por Jueces en prácticas o por Jueces internacionales o
nacionales que estén habilitados por la R.S.C.E. para juzgar razas distintas a las que juzgarán en el concurso.
Los concursos monográficos, de una o varias razas, organizados por los clubes de raza colaboradores de la
R.S.C.E., pueden ser juzgados por Jueces en prácticas de la R.S.C.E., Jueces nacionales o internacionales de la raza.
b) Exposiciones Nacionales (generales o monográficas)
Reciben esta denominación las exposiciones en las que se pone en juego el C.A.C. de la R.S.C.E., valedero para el
título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y en las que pueden participar sólo perros de pura raza.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 3
Estas exposiciones deben ser juzgadas por Jueces de razas caninas habilitados por la R.S.C.E. o por otra asociación
afiliada a la F.C.I. para juzgar exposiciones de C.A.C., y habrán de ajustarse en su organización y desarrollo a lo
establecido en el presente reglamento.
c) Exposiciones Internacionales
Se denomina así, tanto en España como en el extranjero, a aquellas exposiciones de todas las razas caninas en las
que se otorga a los ejemplares vencedores en cada una de las razas, o variedades reconocidas dentro de las
mismas razas, el C.A.C.I.B. de la F.C.I. Podrán actuar como jueces en estas exposiciones quienes estén habilitados
para ello por la R.S.C.E. y por la F.C.I..
III
COMISIÓN EJECUTIVA
ARTÍCULO 3º. COMPOSICIÓN
La responsabilidad del desarrollo del certamen correrá a cargo de una Comisión Ejecutiva de la exposición,
formada por miembros del Comité de Dirección de la R.S.C.E., o de la Junta Directiva de la sociedad organizadora
en su caso, excepto el Comisario General que podrá no serlo. Estará compuesta por un Presidente y un mínimo de
tres vocales, uno de los cuales actuará como Comisario General de la exposición.
Ninguno de los miembros de la Comisión Ejecutiva de la exposición podrá inscribir perros de su propiedad, ni
presentar perros de terceros en el certamen.
ARTÍCULO 4º. COMPETENCIAS
La Comisión Ejecutiva de la exposición velará para que se cumpla el presente reglamento, pudiendo adoptar para
ello, y para los casos no previstos en él, las medidas y acuerdos que se estimen necesarios. Asimismo será la
encargada de evaluar las posibles infracciones y aplicar, en su caso, las correspondientes sanciones.
La Comisión Ejecutiva de la exposición es competente para resolver las reclamaciones que hagan los expositores y
que puedan ser resueltas en el curso de la exposición. Las que requieran un mayor plazo para ser solucionadas
han de hacerse por escrito dirigidas al Presidente de la Comisión Ejecutiva en un plazo máximo de 8 días
transcurridos desde el de clausura de la exposición.
El Presidente de la Comisión Ejecutiva, como máximo responsable de la organización, y el Comisario General,
tendrán acceso a todos los rings, aunque no pueden intervenir en los juicios.
IV
INSCRIPCIONES, CATÁLOGO Y CONTROL DE RESULTADOS
ARTÍCULO 5º. HOJA DE INSCRIPCIÓN
Se publicará un folleto informativo de la exposición y se facilitará una hoja de inscripción, en donde el expositor o
propietario del ejemplar hará constar los siguientes datos: raza y variedad, nombre del ejemplar con su afijo, si lo
tuviere, fecha de nacimiento del perro, sexo, identificación (tatuaje o microchip), clase o clases en que se inscribe,
nombre de los padres, número de inscripción en el L.O.E./R.R.C. o en un libro de orígenes de una sociedad
canina reconocida por la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.), nombre del propietario y nombre del
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 4
criador. En el mismo documento, el expositor firmará que los datos que expresa son ciertos «de buena fe», que su
ejemplar está sano y no tiene contacto con otros animales que padezcan enfermedades infectocontagiosas. El
hecho de participar en la exposición supone que el expositor conoce y acepta el presente reglamento y que
autoriza expresamente a la entidad organizadora para que pueda publicar en el catálogo de la exposición sus
datos personales, salvo que expresamente manifieste lo contrario al formalizar la inscripción.
ARTICULO 6º. LIMITACIONES Y EXCLUSIONES
Los ejemplares que participen en exposiciones de campeonato de la R.S.C.E., en las que se ponga en juego el
C.A.C. de la R.S.C.E. y/o el C.A.C.I.B. de la F.C.I., deberán estar inscritos necesariamente en el L.O.E., único libro
genealógico canino español que reconoce la F.C.I., o en el R.R.C. de la R.S.C.E., cuando sus propietarios sean
residentes en España.
Los expositores extranjeros propietarios de ejemplares inscritos en libros genealógicos reconocidos
internacionalmente por la F.C.I., deberán acompañar a la inscripción la fotocopia del pedigrí original.
Asimismo, los propietarios de los ejemplares que hayan de inscribirse en Clase de Campeones deben aportar con
la inscripción una fotocopia o certificación del título que ostentan. Para la Clase de Trabajo deberá unirse a la
inscripción una fotocopia del documento que acredite haberse obtenido la calificación necesaria para poder
participar en esta clase.
Toda inscripción que no vaya acompañada del total importe de los derechos correspondientes, podrá darse por
no recibida.
Una vez iniciada la exposición, cualesquiera que sean las circunstancias que concurran, no se devolverá el importe
de las inscripciones.
Los expositores podrán formalizar directamente sus inscripciones en las oficinas de la entidad organizadora, por
correo postal, correo electrónico, fax o cualquier otro medio que acredite su recepción y el pago correspondiente.
El resguardo de la inscripción y recibo de pago podrán ser exigidos al expositor cuando vaya a retirar la
documentación para participar en la exposición.
ARTÍCULO 7º. CATÁLOGO, NÚMERO DEL EJEMPLAR Y TARJETAS DE CALIFICACIÓN
Con los datos de todos los ejemplares inscritos en plazo y forma, se confeccionará un catálogo siguiendo el orden
de grupos, secciones y razas aprobado por la F.C.I. Dentro de cada raza los perros participantes se relacionarán en
el catálogo por clases, separando los machos de las hembras y se numerarán de forma correlativa, indicando el
nombre del perro, número de registro, fecha de nacimiento, color, identificación (tatuaje o microchip), nombres
de los padres, así como nombres del criador y propietario salvo que, expresamente, hayan manifestado su
negativa al formalizar la inscripción.
En el catálogo sólo podrán figurar los títulos de Campeón Internacional y Nacional que hayan sido homologados
por la F.C.I. y/o la R.S.C.E., así como también los títulos oficiales conseguidos en las Exposiciones Mundiales o de
Sección de la F.C.I. (Vencedor Mundial, Vencedor Joven Mundial, Vencedor de la Sección …. y Vencedor Joven de
la Sección…)
Siempre que se pueda verificar, constará como propietario del perro participante el que figure como tal en las
bases de datos de la R.S.C.E..
En el supuesto de que un perro inscrito en una exposición haya cambiado de propietario, deberá realizarse la
transferencia de propiedad, al menos, 45 días antes de la celebración de la exposición si se desea que dicho
cambio figure en el catálogo.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 5
Los cachorros se relacionarán en anexo. Se ordenarán de la misma forma y serán numerados a continuación de
los perros de las clases superiores.
Se designarán las razas en idioma castellano y en el de la comunidad autónoma o país extranjero de su origen.
Deberá hacerse constar en la portada del catálogo la categoría de la exposición de que se trate: internacional
(C.A.C.I.B.) o nacional (C.A.C.).
Cuando se trate de exposiciones nacionales, se hará constar “Exposición Nacional Canina poniendo en
competición el C.A.C. de la R.S.C.E.”, junto con el logotipo de la R.S.C.E.
En el caso de exposiciones internacionales se deberá indicar “Exposición Canina Internacional con atribución del
C.A.C.I.B. de la F.C.I.”, debiendo aparecer el logotipo de la R.S.C.E. y el de la F.C.I., junto a la siguiente expresión
“Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.)”.
Los expositores recibirán el catálogo online o impreso en papel, a criterio de cada sociedad organizadora.
Todos los expositores deberán acceder al ring provistos del número de orden con el que figuran en catálogo, que
les será enviado a su domicilio o entregado al inicio de la exposición.
Los jueces dispondrán de un carné de juez en el que se reflejarán las calificaciones y clasificaciones que otorguen
en cada una de las razas y clases que juzguen y que, una vez firmado, deberá ser entregado en la Secretaría de la
exposición a la conclusión de sus juicios.
También dispondrán los jueces de tarjetas de calificación, que entregarán cumplimentadas y firmadas a cada
expositor, con las calificaciones y clasificaciones otorgadas, al finalizar los juicios.
El juez debe ser informado previamente de las razas y del número de perros que va a juzgar.
Es facultativo de la sociedad organizadora decidir si el juez juzga haciendo rapport o no. El máximo de perros que
un juez podrá juzgar por día de exposición es de 150 ejemplares si no se le exige rapport escrito. No obstante, la
Comisión Ejecutiva de la exposición deberá procurar que un juez no juzgue más de 20 perros por hora y un
máximo de 80 perros por día, en el caso de que deba hacer un rapport de cada uno de ellos.
No podrán participar en las exposiciones los perros que no estén incluidos en el catálogo, excepto que el
expositor acredite documentalmente el envío de la inscripción y el pago de la misma antes de la fecha de cierre y
siempre con el visto bueno del Comisario General de la exposición.
Una vez confeccionado el catálogo, no se podrá transferir un perro de una clase a otra a no ser que el problema
se deba a un error de transcripción.
ARTÍCULO 8º. CONTROL DE RESULTADOS
La secretaría de la exposición se ocupará de la recepción y verificación de los datos que facilitarán los jueces una
vez terminados sus juicios, ordenando las calificaciones por razas y clases que deberán ponerse a disposición de la
Comisión Ejecutiva de la exposición, la cual levantará acta de los resultados para su posterior homologación por el
Comité de Dirección de la R.S.C.E. y, en su caso, por la F.C.I..
Los juicios que emitan los jueces y las calificaciones que otorguen son inapelables.
Todos los resultados publicados tienen la consideración de provisionales hasta que sean homologados por el
Comité de Dirección de la R.S.C.E. y, en su caso, por la F.C.I..
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V
COMISIÓN DE ADMISIÓN Y CLASIFICACIÓN Y SERVICIOS VETERINARIOS
ARTÍCULO 9º. COMPOSICIÓN Y COMETIDOS
Será misión de la Comisión de Admisión y Clasificación controlar la exactitud de los datos que figuran en las
inscripciones, clasificarlas en su clase y grupo correspondientes, ocuparse de la efectividad del control veterinario
y de la corrección de las clasificaciones, de acuerdo con el presente reglamento.
Será Presidente de la Comisión de Admisión y Clasificación el que lo sea de la Comisión Ejecutiva de la exposición;
y deberán formar parte de ella, necesariamente, el Comisario General de la exposición y el Veterinario a cuyo
cargo esté el control de salud de los perros participantes.
ARTÍCULO 10º. GRUPOS Y SECCIONES DE LA F.C.I.
Los ejemplares se clasificarán en los grupos y secciones fijados por la F.C.I., que son los siguientes:
GRUPO 1
Perros de Pastor y Perros Boyeros (excepto Perros Boyeros Suizos)
SECCIÓN I: Perros de Pastor
AUSTRALIA Australian Kelpie
BÉLGICA Perro de Pastor Belga (Chien de Berger Belge)
a) Groenendael
b) Laekenois
c) Malinois
d) Tervueren
Schipperke
CHECOSLOVAQUIA
(ESLOVAQUIA)
Perro Lobo Checoslovaco (Ceskoslovensky Vlcak)
CROACIA Perro de Pastor Croata (Hrvatski Ovcar)
ALEMANIA Perro de Pastor Alemán (Deutscher Schäferhund)
ESPAÑA Ca de Bestiar (Perro de Pastor Mallorquín)
Gos d’Atura Català (Perro de Pastor Catalán)
Majorero (No aceptada F.C.I.)
Euskal Artzain Txakurra (Perro de Pastor Vasco) (No aceptada F.C.I.)
Perro de Pastor Garafiano (No aceptada FC.I.)
FRANCIA Perro de Pastor de Beauce (Berger de Beauce)
Perro de Pastor de Brie (Berger de Brie)
Perro de Pastor de Picardie (Berger Picard)
Perro de Pastor de los Pirineos de pelo largo (Berger des Pyrénées à poil long)
Perro de Pastor de los Pirineos de cara rasa (Berger des Pyrénées à face rase)
GRAN BRETAÑA Bearded Collie
Border Collie
Rough Collie
Smooth Collie
Antiguo Perro de Pastor Inglés (Old English Sheepdog/Bobtail)
Shetland Sheepdog
Welsh Corgi Cardigan
Welsh Corgi Pembroke
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ITALIA Perro de Pastor Bergamasco (Cane da Pastore Bergamasco)
Perro de Pastor Maremmano-Abruzzese (Cane da Pastore Maremmano-Abruzzese)
HUNGRÍA Komondor
Kuvasz
Mudi
Puli
a) Blanco
b) otros colores
Pumi
HOLANDA Perro de Pastor Holandés (Hollandse Herdershond)
a) pelo corto
b) pelo largo
c) pelo duro
Perro Lobo de Saarloos (Saarlooswolfhond)
Schapendoes
POLONIA Perro de Pastor Polaco de las Llanuras (Polski Owczarek Nizinny)
Perro de Pastor Polaco de Podhale (Polski Owczarek Podhalanski)
PORTUGAL Cao da Serra de Aires
ESLOVAQUIA Slovensky Cuvac
RUSIA Perro de Pastor de Rusia Meridional (Ioujnorousskaïa Ovtcharka)
SUIZA Perro de Pastor Blanco Suizo (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
RUMANIA Perro de Pastor Rumano de Mioritza (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
Perro de Pastor Rumano de los Cárpatos (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
EEUU Australian Shepherd Dog
SECCIÓN 2: Perros Boyeros (excepto Perros Boyeros Suizos)
AUSTRALIA Australian Cattle Dog
Australian Stumpy Tail Cattle Dog (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
BÉLGICA Bouvier de las Ardenas
BÉLGICA/FRANCIA Bouvier de Flandes (Vlamsekoehond)
GRUPO 2
Perros Tipo Pinscher y Schnauzer. Molosoides, Perros Tipo Montaña y Boyeros Suizos
SECCIÓN 1: Tipo Pinscher y Schnauzer
1.1 Pinscher
ALEMANIA Dobermann
Pinscher
Zwergpinscher
Affenpinscher
AUSTRIA Pinscher Austriaco de pelo corto (Osterreichischer Kurzhaariger Pinscher)
DINAMARCA/SUECIA Dansk-svensk gardshund (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
1.2. Schnauzer
ALEMANIA Schnauzer Gigante (Riesenschnauzer)
a) Sal y Pimienta
b) Negro
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Schnauzer Mediano (Mittelschnauzer)
a) Sal y Pimienta
b) Negro
Schnauzer Miniatura (Zwergschnauzer)
a) Sal y Pimienta
b) Negro
c) Negro y Plata
d) Blanco
1.3. Smoushond
HOLANDA Hollandse Smoushond
1.4. Tchiorny Terrier
RUSIA Terrier Negro Ruso (Tchiorny Terrier)
SECCIÓN 2: Molosoides
2.1. Tipo Dogo
ARGENTINA Dogo Argentino
BRASIL Fila Brasileiro
CHINA Shar Pei
DINAMARCA Broholmer
ALEMANIA Boxer (Deutscher Boxer)
Dogo Alemán (Deutsche Dogge)
a) Dorado y Atigrado
b) Negro y Arlequín
c) Azul
Rottweiler
ESPAÑA Ca de Bou (Dogo Mallorquín)
Dogo Canario (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
Alano Español (No aceptada F.C.I.)
FRANCIA Dogo de Burdeos (Dogue de Bordeaux)
GRAN BRETAÑA Bulldog
Bullmastiff
Mastiff
ITALIA Mastín Napolitano (Mastino Napoletano)
JAPÓN Tosa
PORTUGAL Cao da Fila de Sao Miguel
URUGUAY Cimarrón Uruguayo (Aceptado provisionalmente F.C.I.)
2.2. Tipo Montaña
ANATOLIA (F.C.I.) Perro de Pastor de Anatolia (Coban Kopëgi)
CANADÁ (F.C.I.) Terranova (Newfoundland)
ALEMANIA Hovawart
Leonberger
ALEMANIA / SUIZA Landseer (Tipo Europeo-Continental)
ESPAÑA Mastín Español
Mastín del Pirineo
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FRANCIA Perro de Montaña de los Pirineos (Chien de Montagne des Pyrénées)
ITALIA Cane Corso
SERBIA / MACEDONIA Sarplaninac (Perro de Pastor Yugoslavo)
MARRUECOS Aidi (Perro del Atlas)
PORTUGAL Cao da Serra da Estrela
a) Pelo Corto
b) Pelo Largo
Cao de Castro Laboreiro
Rafeiro do Alentejo
SUIZA San Bernardo (St. Bernardshund)
a) Pelo Corto
b) Pelo Largo
ESLOVENIA Perro de Pastor de Karst (Kraski Ovcar)
RUSIA Perro de Pastor del Cáucaso (Kavkazslaïa Ovtcharka)
Perro de Pastor de Asia Central (Sredneasiatskaia Outcharka)
TIBET (F.C.I.) Dogo del Tibet (Tibetan Mastiff) (Do-Khyi)
BOSNIA-HERZEGOVINA –
CROACIA
Perro de Bosnia-Herzegovina – Croacia (Tornjak) (Aceptada Provisionalmente F.C.I.)
RUMANIA / SERBIA Perro de Pastor de Europa del Sureste (Ciobanesc Romanesc de Bucovina)
(Aceptada Provisionalmente F.C.I.)
SECCIÓN 3: Perros Tipo Montaña y Boyeros Suizos
SUIZA Bouvier de Appenzel (Appenzeller Sennenhund)
Bouvier de Berna (Berner Sennenhund)
Bouvier de Entlebuch (Entlebucker Sennenhund)
Gran Bouvier Suizo (Grosser Schweizersennenhund)
GRUPO 3
Terriers
SECCIÓN 1. Terriers de talla grande y media
ALEMANIA Terrier Alemán de Caza (Deutscher Jagdterrier)
BRASIL Terrier Brasileiro
GRAN BRETAÑA Airedale Terrier
Bedlington Terrier
Border Terrier
Fox Terrier de Pelo Liso (Fox Terrier-Smooth)
Fox Terrier de Pelo Duro (Fox Terrier-Wire)
Lakeland Terrier
Manchester Terrier
Parson Jack Russell Terrier
Welsh Terrier
IRLANDA Irish Glen of Imaal Terrier
Irish Terrier
Kerry Blue Terrier
Irish Soft Coated Wheaten Terrier
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 10
ESPAÑA Ratonero Bodeguero Andaluz (No aceptada F.C.I.)
Gos Rater Valencià (Perro Ratonero Valenciano) (No aceptada F.C.I.)
SECCIÓN 2: Terriers de Talla Pequeña
AUSTRALIA Australian Terrier
Jack Russell Terrier
GRAN BRETAÑA Cairn Terrier
Dandie Dinmont Terrier
Norfolk Terrier
Norwich Terrier
Scottish Terrier
Sealyham Terrier
Skye Terrier
West Highland White Terrier
JAPÓN Terrier Japonés (Nihon Teria)
REPUBLICA CHECA Terrier Checo (Cesky Terrier)
SECCIÓN 3: Terriers de Tipo Bull
GRAN BRETAÑA Bull Terrier (English Bull Terrier)
a) Estándar
b) Miniatura
Staffordshire Bull Terrier
EE.UU. American Staffordshire Terrier
SECCIÓN 4: Terriers de Compañía
AUSTRALIA Australian Silky Terrier
GRAN BRETAÑA English Toy Terrier (negro y fuego)
Yorkshire Terrier
GRUPO 4
Teckels (Dachshunds)
ALEMANIA Teckel (Dachshund)
a) Estándar
– Pelo duro
– Pelo largo
– Pelo corto
b) Miniatura
– Pelo duro
– Pelo largo
– Pelo corto
c) Teckel para la caza del conejo
– Pelo duro
– Pelo largo
– Pelo corto
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 11
GRUPO 5
Perros de Tipo Spitz y Tipo Primitivo
SECCIÓN 1: Perros Nórdicos de Trineo
GROENLANDIA (DINAMARCA) Perro de Groenlandia (Gronlandshund)
RUSIA Samoyedo (Samoiedskaïa Sabaka)
EE.UU. Alaskan Malamute
Siberian Husky
SECCIÓN 2: Perros Nórdicos de Cacería
NORUEGA Perro Cazador de Alces Noruego Gris (Norsk Elghund Grä)
Perro Cazador de Alces Noruego Negro (Norsk Elghund Sort)
Lundehund Noruego (Norsk Lundehund)
RUSIA Laika Ruso-Europeo (Russko-Evropïskaia Laïka)
Laika de Siberia Oriental (Vostotchno-Sibirkaïa Laïka)
Laika de Siberia Occidental (Zapadno-Sibirkaïa Laïka)
SUECIA Perro Cazador de Alces Sueco (Jämthund)
Spitz de Norbotten (Norbottenspets)
FINLANDIA Perro de Osos de Carelia (Karjalankarhukoïra)
Spitz Finlandés (Suomenpystykorva)
SECCIÓN 3: Perros Nórdicos de Guarda y Pastoreo
ISLANDIA Perro de Pastor Islandés (Isleskur Fjárhundur)
NORUEGA Buhund Noruego (orsk Buhund)
SUECIA Perro Sueco de Laponia (Svensk Lapphund)
Västgötaspets (Perro de los Visigodos)
FINLANDIA Perro Finlandés de Laponia (Suomenlapinköira)
Pastor Finlandés de Laponia (Lapinporokoïra)
SECCIÓN 4: Spitz Europeos
ALEMANIA Spitz Alemán (Deutscher Spitz)
a) Spitz Lobo (Wolfspitz)
b) Gran Spitz (Grosspitz)
– Blanco
– Marrón o Negro
c) Spitz Mediano (Mittelspitz)
– Blanco
– Marrón o Negro
– Naranja, Gris y otros colores
d) Spitz Pequeño (Kleinspitz)
– Blanco
– Marrón o Negro
– Naranja, Gris y otros colores
e) Spitz Enano (Zwergspitz)
– Todos los colores
ITALIA Volpino Italiano
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 12
SECCIÓN 5: Spitz Asiáticos y razas semejantes
CHINA Chow Chow
ALEMANIA Eurasier
COREA Korea Jindo Dog
JAPÓN Akita
Akita Americano
Hokkaïdo
Kai
Kishu
Spitz Japonés (Nihon Supittsu)
Shiba
Shikoku
SECCIÓN 6: Tipo Primitivo
ISRAEL Canaan Dog
MALTA Perro de los Faraones (Pharaoh Hound)
MÉJICO Perro sin Pelo Mejicano (Xoloitzquintle)
a) Estándar
b) Medio
c) Miniatura
PERÚ Perro sin Pelo del Perú
a) Grande
b) Medio
c) Pequeño
REG. ÁFRICA CENTRAL Basenji
SECCIÓN 7: Tipo Primitivo. Perros de Caza
ESPAÑA Podenco Canario
Podenco Ibicenco
a) Pelo duro
b) Pelo corto
Podenco Andaluz (No aceptada F.C.I.)
Maneto (No aceptada F.C.I.)
ITALIA Cirneco dell’Etna
PORTUGAL Podenco Portugués
a) Pelo duro
– Grande
– Medio
– Pequeño
b) Pelo liso
– Grande
– Medio
– Pequeño
TAIWAN Taiwan Dog (Aceptada provisionalmente F.C.I.)
SECCIÓN 8: Perro de Caza de Tipo Primitivo con una cresta sobre el lomo
TAILANDIA Thai Ridgeback Dog
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 13
GRUPO 6
Perros tipo sabueso, perros de rastro (exceptuando lebreles) y razas semejantes
SECCIÓN 1: Perros de Tipo Sabueso
1.1. Perros Tipo Sabueso de talla grande
BÉLGICA Bloodhound (Chien de Saint-Hubert)
FRANCIA Razas de pelo corto:
Poitevin
Billy
Francés tricolor (Français Tricolore)
Francés blanco y negro (Français Blanc et noir)
Francés blanco y naranja (Français Blanc et orange)
Gran anglo-francés tricolor (Grand anglo-français tricolore)
Gran anglo-francés blanco y negro (Grand anglo-français blanc et noir)
Gran anglo-francés blanco y naranja (Grand anglo-français blanc et orange)
Gran Azul de Gascuña (Grand bleu de Gascogne)
Gascón Saintongeois (Grand Gascon Saintongeois )
Razas de pelo largo:
Gran Grifón Vendeano (Grand Griffon Vendéen)
GRAN BRETAÑA English Foxhound
Perro de nutria (Otterhound)
EE.UU. American Foxhound
Perro negro y fuego para la caza del Mapache (Black and Tan Coonhound)
1.2. Perros tipo sabueso de talla mediana
BOSNIA Sabueso de Bosnia de pelo duro (Bosanski Ostrodlaki Gonic Barak)
CROACIA Sabueso de Istria de pelo corto (Istarski Kratkodlaki Gonic)
Sabueso de Istria de pelo duro (Istarski Ostrodlaki Gonic)
Sabueso de Posavaz (Posavki Gonic)
ESPAÑA Sabueso Español
FRANCIA Razas de pelo corto:
Sabueso Anglo-francés de tamaño mediano (Anglo-francais de petite vénerie)
Sabueso del Ariège (Ariegois)
Beagle Harrier
Sabueso Artesiano (Chien d’Artois)
Porcelaine
Pequeño Sabueso Azul de Gascuña (Petit bleu de Gascogne)
Gascón Saintongeois (Petit Gascon Saintongeois)
Razas de pelo largo:
Briquet Grifón Vendeano (Briquet Griffon Vendéen)
Grifón azul de Gascuña (Griffon bleu de Gascogne)
Grifón leonado de Bretaña (Griffon fauve de Bretagne)
Grifón del Nivernais (Griffon Nivernais)
GRAN BRETAÑA Harrier
GRECIA Sabueso Helénico (Hellinikos Ichnilatis)
ITALIA Sabueso Italiano (Segugio Italiano)
a) Pelo corto
b) Pelo duro
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 14
SERBIA Sabueso Tricolor Serbio (Jugoslavenski Trobojni Gonic)
Sabueso Serbio (Serbski Gonic)
REPUBLICA DE MONTENEGRO Sabueso de Montaña de Montenegro (Crnogorski Planinski Gonic)
HUNGRÍA Sabueso de Transilvania (Erdélyi Kopó)
NORUEGA Sabueso Noruego (Dunker)
Sabueso Halden (Haldenstovare)
Sabueso de Hygen (Hygenhund)
AUSTRIA Sabueso Austriaco negro y fuego (Osterrechischer Glatthaarige Bracke)
Sabueso Estirio de pelo duro (Steirische Rauhhaarbracke)
Sabueso del Tirol (Tiroler Bracke)
POLONIA Sabueso Polaco (Ogar Polski)
Gonzcy Polski (Aceptada Provisionalmente F.C.I.)
SUIZA Sabueso Suizo (Schweizer Loufhunde-Chiens courants suisses)
a) Sabueso Bernés (Berner Laufhound)
b) Sabueso del Jura (Bruno du Jura)
c) Sabueso de Lucerne (Luzerner Laufhund)
d) Sabueso de Schwyz (Schwyzer Laufhund)
ESLOVAQUIA Sabueso Eslovaco (Slovensky Kopov)
FINLANDIA Sabueso Finlandés (Suomenajokoïra)
SUECIA Sabueso de Hamilton (Hamiltonstövare)
Sabueso de Schiller (Schillerstövare)
Sabueso de Smaland (Smalandsstövare)
1.3. Perros tipo sabueso de talla pequeña
ALEMANIA Sabueso Alemán (Deutsche Bracke)
Perro Tejonero de Westfalia (Westfalische Dachsbracke)
FRANCIA Basset Artesiano de Normandia (Basset Artésien Normand)
Basset Azul de Gascuña (Basset Bleu de Gascogne)
Basset Leonado de Bretaña (Basset fauve de Bretagne)
Gran Basset Grifón Vendeano (Grand Basset Griffon Vendéen)
Pequeño Basset Grifón Vendeano (Petit Basset Griffon Vendéen)
GRAN BRETAÑA Basset Hound
Beagle
SUIZA Sabueso suizo pequeño (Schweizerische Niederlaufhunde)
a) Pequeño Sabueso Bernés pelo liso (Berner Niederlaufhund)
b) Pequeño Sabueso Bernés pelo duro (Berner Niederlaufhund)
c) Pequeño Sabueso del Jura (Jura-Niederlaufhund)
d) Pequeño Sabueso de Lucerna (Luzerner Niederlaufhund)
e) Pequeño Sabueso de Schwyz (Schwyzer Niederlaufhund)
SUECIA Drever
SECCIÓN 2: Perros de Rastro
ALEMANIA Sabueso de Sangre de Baviera (Bayrischer Gebirgsschweisshund)
Sabueso de Sangre de Hanover (Hannover’scher Schweisshund)
AUSTRIA Perro Tejonero de los Alpes (Alpenlandische Dachsbracke)
SECCIÓN 3: Razas Semejantes
CROACIA Dálmata (Dalmatinac)
SUDÁFRICA Rhodesian Ridgeback
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 15
GRUPO 7
Perros de Muestra
SECCIÓN 1: Perros de Muestra Continentales
1.1. Tipo Braco
DINAMARCA Antiguo Perro de Muestra Danés (Gammel Dansk Honsehund)
ALEMANIA Braco Alemán de pelo corto (Deutscher Kurzhaariger Vorstehhund)
Perro de muestra alemán de pelo duro (Deutsch Drahthaar)
Pudelpointer
Perro de muestra alemán de pelo cerdoso (Deutsch Stichelhaar)
Braco de Weimar (Weimaraner)
a) Pelo corto
b) Pelo largo
ESPAÑA Perdiguero de Burgos
Pachón Navarro (No aceptada F.C.I.)
FRANCIA Braco del Ariège (Braque de l’Ariège)
Braco de Auvernia (Braque d’Auvergne)
Braco del Bourbonnais (Braque du Bourbonnais)
Braco francés, tipo Gascuña (Talla grande)
Braco francés, tipo Pirineos (Talla pequeña)
Braco Saint Germain (Braque Saint-Germain)
ITALIA Braco Italiano
HUNGRÍA Braco Húngaro de pelo duro (Drotzörü Magyar Vizsla)
Braco Húngaro de pelo corto (Rövidszöru Magyar Vizsla)
PORTUGAL Perdiguero Portugués
1.2. Tipo “Spaniel”
ALEMANIA Munsterländer pequeño (Kleiner Münsterländer)
Gran Münsterländer (Grosser Münsterländer)
Perro de muestra alemán de pelo largo (Deutsch Langhaar)
FRANCIA Epagneul Bleu de Picardie
Epagneul Bretón
Epagneul Francés (Epagneul Français)
Epagneul Picard
Epagneul de Pont-Audemer
HOLANDA Perdiguero de Drente (Drentsche Patrijshond)
Perro de muestra frisón (Stabyhoun)
1.3. Tipo Griffon
FRANCIA Grifón de muestra Korthals de pelo duro (Griffon d’arret á poil dur Korthals)
ITALIA Spinone Italiano
REP. CHECA Cesky Fousek
ESLOVAQUIA Grifón de muestra eslovaco de pelo duro (Slovensky Hruborsty Stavac)
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 16
SECCIÓN 2: Perros de Muestra de las Islas Británicas
2.1. Pointer
GRAN BRETAÑA Pointer (English Pointer)
2.2. Setter
GRAN BRETAÑA Setter Inglés (English Setter)
Setter Gordon (Gordon Setter)
IRLANDA Setter Irlandés Rojo (Irish Red Setter)
Setter Irlandés Rojo y Blanco (Irish Red and White Setter)
GRUPO 8
Perros cobradores de caza. Perros levantadores de caza. Perros de agua
SECCIÓN 1: Perros cobradores de caza
CANADÁ Nova Scotia Duck Tolling Retriever
GRAN BRETAÑA Curly-Coated Retriever
Flat-Coated Retriever
Labrador Retriever
Golden Retriever
EE.UU. Chesapeake Bay Retriever
SECCIÓN 2: Perros levantadores de caza
ALEMANIA Perdiguero Alemán (Deutscher Wachtelhund)
GRAN BRETAÑA Clumber Spaniel
Cocker Spaniel Inglés (English Cocker Spaniel)
English Springer Spaniel
Field Spaniel
Sussex Spaniel
Welsh Springer Spaniel
HOLANDA Pequeño Perro Holandés para la caza acuática (Kooikerhondje)
EE.UU. Cocker Spaniel Americano (American Cocker Spaniel)
SECCIÓN 3: Perros de Agua
ESPAÑA Perro de Agua Español
FRANCIA Perro de Agua Francés (Barbet)
IRLANDA Perro de Agua Irlandés (Irish Water Spaniel)
ITALIA Lagotto Romagnolo
HOLANDA Perro de Agua Frisón (Wetterhoun)
PORTUGAL Cao de Agua Portugués
EE.UU. Perro de Agua Americano (American Water Spaniel)
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 17
GRUPO 9
Perros de Compañía
SECCIÓN 1: Bichones y razas semejantes
1.1 Bichones
MEDIT. CENTRAL (Italia) Bichón Maltés
MEDIT. OCCID. (F.C.I.) Bichón Habanero
BÉLGICA/FRANCIA Bichón Frisé
ITALIA Bichón Boloñés
1.2. Coton de Tulear
MADAGASCAR Coton de Tulear
1.3. Petit Chien Lion (Löwchen)
FRANCIA Petit Chien Lion
SECCIÓN 2: Caniches
FRANCIA Caniche gigante (Grand Caniche)
a) blanco, marrón y negro
b) gris, apricot y rojo
Caniche mediano (Caniche Moyen)
a) blanco, marrón y negro
b) gris, apricot y rojo
Caniche enano (Caniche Nain)
a) blanco, marrón y negro
b) gris, apricot y rojo
Caniche toy (Caniche Miniature)
SECCIÓN 3: Perros belgas de talla pequeña
3.1. Grifones
BÉLGICA Grifón Belga (Griffon Belge)
Grifón de Bruselas (Griffon Bruxellois)
3.2. Petit Brabançon
BÉLGICA Petit Brabançon
SECCIÓN 4: Perros sin pelo
CHINA Perro Chino Crestado (Chinese Crested Dog)
SECCIÓN 5: Perros tibetanos
TIBET
(GRAN BRETAÑA)
Lhasa Apso
Shih Tzu
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 18
Tibetan Spaniel
Tibetan Terrier
SECCIÓN 6: Chihuahueño
MÉJICO Chihuahua
a) pelo corto
b) pelo largo
SECCIÓN 7: Spaniels ingleses de compañía
GRAN BRETAÑA Cavalier King Charles Spaniel
King Charles Spaniel
SECCIÓN 8: Spaniels japoneses y pekineses
CHINA Pekinés (Pekingese)
JAPÓN Spaniel Japonés (Chin)
SECCIÓN 9: Spaniels continentales enanos de compañía
FRANCIA/BÉLGICA Spaniel continental enano (Epagneul nain continental)
a) Papillon
b) Phalene
RUSIA Pequeño Perro Ruso (Russkiy Toy) (Aceptado Provisionalmente F.C.I.)
a) Pelo liso
b) Pelo largo
SECCIÓN 10: Kromfohrländer
ALEMANIA Kromfohrländer
SECCIÓN 11: Molosoides de talla pequeña
FRANCIA Bulldog francés (Bouledogue français)
GRAN BRETAÑA Carlino (Pug)
EE.UU. Boston Terrier
GRUPO 10
Lebreles
SECCIÓN 1: Lebreles con pelo largo u ondulado
AFGANISTÁN Galgo Afgano (Afghan Hound)
ORIENTE MEDIO (F.C.I.) Saluki
RUSIA Borzoi (Barzaïa)
SECCIÓN 2: Lebreles con pelo duro
IRLANDA Irish Wolfhound
GRAN BRETAÑA Deerhound
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 19
SECCIÓN 3: Lebreles con pelo corto
ESPAÑA Galgo Español
GRAN BRETAÑA Greyhound
Whippet
ITALIA Pequeño Lebrel Italiano (Piccolo Levriero Italiano)
HUNGRÍA Lebrel Húngaro (Magyar Agar)
MALI (FRANCIA) Azawakh
MARRUECOS Sloughi
POLONIA Lebrel Polaco (Chart Polski)
ARTÍCULO 11º. ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN DE ADMISIÓN Y CLASIFICACIÓN
La Comisión de Admisión y Clasificación está facultada para no admitir, por causa justificada, aquellos
ejemplares que considere que no deban figurar en el certamen; y en cualquier caso a los que padezcan algún
tipo de enfermedad, tara o defecto físico apreciables. En ningún caso serán admitidos a concursar los ciegos,
tuertos o sordos; los lisiados o que padezcan cojera incurable; los castrados, monórquidos, criptórquidos o que
padezcan atrofia testicular; los que tengan el pelo esquilado, siempre y cuando no lo permita el estándar
correspondiente; los teñidos; los que muestren una actitud agresiva hacia las personas u otros perros; y, en
general, todos aquellos que hayan sido previamente manipulados para tratar de inducir a error al juez.
Los perros con el rabo o las orejas cortados serán admitidos de acuerdo con las regulaciones legales de sus
países de origen y las del Estado Español o de las Comunidades Autónomas en las que se lleve a cabo la
exposición.
Las hembras en celo podrán participar siempre que estén convenientemente tratadas para no alterar el
comportamiento de los machos presentes en la exposición.
La Real Sociedad Canina de España podrá autorizar a otras asociaciones colaboradoras suyas a organizar
exposiciones caninas poniendo en competición el C.A.C. (Certificado de Aptitud de Campeonato) valedero y
puntuable para obtener el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y el C.A.C.I.B. (Certificado
de Aptitud de Campeonato Internacional de Belleza), siendo responsabilidad de dichas asociaciones, como
organizadoras de los eventos, el control y admisión de las solicitudes de inscripción para participar en la
exposición y autorización para salir al ring; comportamiento de los dueños y presentadores de los perros
durante la prueba y la observancia del Reglamento de Certámenes de Morfología Canina de la R.S.C.E.
desde el inicio de la exposición hasta su clausura.
ARTÍCULO 12º. INSPECCIÓN VETERINARIA
Los ejemplares participantes en cualquier tipo de exposición o concurso canino deberán someterse a inspección
veterinaria antes de concursar, o durante el concurso.
La inspección veterinaria podrá ser fija o itinerante, y correrá a cargo de facultativos, estando autorizado el
veterinario actuante para exigir y comprobar la correspondiente documentación sanitaria de los ejemplares en
cualquier momento durante el certamen. Cualquier enfermedad, tara, actitud agresiva o anomalía que sea
detectada por el facultativo será puesta en conocimiento del Comisario General para que adopte las medidas que
sean pertinentes.
ARTÍCULO 13º. CLASES ADMITIDAS
En las exposiciones en las que se ponga en juego el C.A.C.I.B. (Certificado de Aptitud de Campeonato Internacional
de Belleza) de la F.C.I. o el C.A.C. (Certificado de Aptitud de Campeonato de Belleza) de la R.S.C.E. o ambos, los
perros participantes competirán distribuidos en las siguientes clases:
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 20
a) Clase Intermedia (C.I.)
b) Clase de Trabajo (C.T.)
c) Clase Abierta (C.A.)
d) Clase de Campeones (C.CH.)
En estas clases sólo podrán participar los ejemplares que tengan un mínimo de 15 meses de edad cumplidos.
Como clases complementarias, sin opción al C.A.C.I.B. ni al C.A.C., podrán admitirse las siguientes:
e) Clase de Veteranos (C.V.)
f) Clase de Jóvenes (C.J.)
g) Clase de Cachorros (C.C.)
h) Clase de Parejas (C.P.)
i) Clase de Cría (C.CR.)
Ningún perro podrá ser inscrito en dos de las clases señaladas en los epígrafes a), b), c), d), e) f) y g)
simultáneamente.
Para determinar la edad se tomará en consideración la fecha del día en que se expone el perro.
Serán condiciones exigidas para participar en cada una de las clases, las siguientes:
a) Clase Intermedia (C.I.)
Para perros mayores de quince meses y menores de veinticuatro. Pueden inscribirse los que sean Campeones
en otros países y quieran optar al título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E.. No pueden participar
en esta clase los inscritos en Clase de Campeones, en Clase Abierta, en Clase de Trabajo ni en Clase de
Jóvenes.
b) Clase de Trabajo (C.T.)
Para perros de utilidad mayores de quince meses, que hayan superado una prueba de trabajo homologada por
la F.C.I. o por la R.S.C.E., con la calificación mínima de “suficiente”. Para perros de caza que hayan obtenido la
calificación de “bueno” en una prueba homologada por la F.C.I. o por la R.S.C.E. No pueden participar en esta
clase los inscritos en Clase de Campeones, en Clase Abierta, en Clase Intermedia, en Clase de Jóvenes ni en
Clase de Veteranos.
c) Clase Abierta (C.A.)
Para perros mayores de quince meses. Pueden inscribirse los que sean Campeones en otros países y quieran
optar al título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E.. No pueden participar en esta clase los inscritos
en Clase de Campeones, en Clase Intermedia, en Clase de Trabajo, en Clase de Jóvenes, ni en Clase de
Veteranos.
d) Clase de Campeones (C.CH.)
Para los ejemplares mayores de quince meses, que hayan obtenido el título de Campeón en España de Belleza
de la R.S.C.E., Campeón Internacional de Belleza de la F.C.I. o Campeón de Belleza de la sociedad canina de un
país miembro de la Fédération Cynologique Internationale.
Previa justificación del título, podrán optar al C.A.C.I.B. en una exposición internacional o al rappel de C.A.C. en
una nacional.
Los perros que ya tengan el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. solamente podrán ser
inscritos en Clase de Campeones.
Los ejemplares inscritos en esta clase no pueden ser inscritos en Clase Abierta, en Clase Intermedia, en Clase
de Trabajo o en Clase de Jóvenes.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 21
Los dos primeros excelentes de esta clase competirán con los que hayan obtenido el C.A.C. y el R.C.A.C., para
disputar el C.A.C.I.B. y R.C.A.C.I.B..
e) Clase de Veteranos (C.V.)
Para aquellos ejemplares que tengan más de ocho años. Los inscritos en esta clase no pueden inscribirse en las
clases de Campeones, Abierta o Trabajo.
f) Clase de Jóvenes (C.J.)
Para aquellos ejemplares que tengan más de nueve meses y menos de dieciocho. Los inscritos en esta clase no
pueden inscribirse en las clases de Campeones, Abierta, Intermedia o Trabajo.
g) Clase de Cachorros (C.C.)
Podrán participar los perros que tengan más de cinco meses y menos de nueve.
h) Clase de Parejas (C.P.)
Para macho y hembra de la misma raza y variedad, y del mismo propietario. Para poder participar en esta
clase, ambos ejemplares deberán estar inscritos individualmente en algunas de las anteriores.
i) Clase de Cría (C.CR.)
Para un mínimo de tres y un máximo de cinco ejemplares de la misma raza y variedad, sin distinción de sexo,
de un mismo criador, aunque no sean de su propiedad en el momento de la exposición. Para poder competir
en esta clase, los ejemplares que compongan el grupo deberán estar inscritos individualmente en algunas de
las clases de Campeones, Abierta, Intermedia, Trabajo, Veteranos, Jóvenes o Cachorros.
VI
INSTALACIONES
ARTÍCULO 14º. GENERALIDADES
Deberá procurarse que los recintos donde se celebren los certámenes de morfología canina estén cerrados o
cercados, con el fin de facilitar al máximo el control sanitario.
Es deseable que el público visitante y los expositores, por seguridad y comodidad, puedan acceder al recinto por
lugares distintos.
El espacio en que hayan de desarrollarse las exposiciones deberá contar con la suficiente amplitud para albergar
todas las instalaciones precisas y para hacer cómoda la circulación simultánea de público y de expositores.
Deberá instalarse dentro del recinto una oficina de la organización con un servicio de información al expositor y al
público.
No se permitirá la entrada en el recinto de la exposición a perros no inscritos en la misma.
ARTÍCULO 15º. LOS RINGS
Los rings en donde se hayan de juzgar los perros, deberán tener las medidas y reunir las condiciones necesarias
para el más perfecto desarrollo de las pruebas, teniendo en cuenta las características de cada una de las razas que
se juzguen.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 22
Sólo podrán permanecer en el ring mientras duren los juicios, el juez, los comisarios de ring asignados y los
ejemplares que se estén juzgando, con sus presentadores.
Tendrán acceso el Presidente de la Comisión Ejecutiva y el Comisario General de la exposición.
Excepcionalmente, el Comisario General podrá autorizar la presencia en el ring de otras personas, mediando
causa justificada.
ARTÍCULO 16º. COMISARIO GENERAL Y COMISARIOS DE RING
El Comisario General de la exposición, por delegación de la Comisión Ejecutiva, es la máxima autoridad individual
mientras dure la exposición para todo lo relacionado con ésta.
En consecuencia, es el encargado de hacer cumplir el presente reglamento y gozará de atribuciones suficientes
para decidir y resolver sobre cualquier asunto o incidencia relacionada con la exposición hasta su clausura.
Estará auxiliado en su misión por los comisarios de ring, los cuales velarán por el buen orden dentro de cada uno
de los rings que les hayan sido asignados.
Los comisarios de ring deberán:
– Dar entrada ordenadamente en el ring a las distintas clases que han de participar cuando, por turno, les
corresponda.
– Verificar los ejemplares que no se presenten en el ring al ser llamados para competir.
– Notificar al juez cualquier irregularidad que ocurra en el ring durante el desarrollo de las pruebas.
– Escribir el rapport con las características del perro examinado que le dicte el juez, si la sociedad organizadora
así lo ha decidido.
– Organizar y ocuparse de la cumplimentación de las tarjetas de calificación y certificados y de su entrega a los
expositores.
– Seguir todas las instrucciones del juez en todo lo referente a la organización y celebración del evento.
– Hablar uno de los idiomas de trabajo de la F.C.I., determinado por el juez al que asistan.
– Tener conocimiento del presente reglamento, así como del Reglamento de Exposiciones de la F.C.I., en su
caso.
El Comisario General asignará las demás funciones que habrán de desarrollar los comisarios de ring.
Los comisarios de ring no podrán presentar perros que hayan de ser juzgados por los jueces con quienes les
corresponda colaborar.
VII
CALIFICACIONES Y PREMIOS
ARTÍCULO 17º. CALIFICACIONES
Las calificaciones de los ejemplares expuestos son de la exclusiva competencia del Juez. Las calificaciones y
clasificaciones que otorguen los jueces en la exposición son definitivas e inapelables, pendientes únicamente de
ratificación por el Comité de Dirección de la R.S.C.E. y, en su caso, por la F.C.I..
Las calificaciones que pueden otorgarse son:
Excelente
La calificación de Excelente puede otorgarse a aquellos ejemplares cuyo tipo responda al estándar ideal de la
raza o variedad y que sean presentados en perfectas condiciones. Deberán tener estructura armónica, buen
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 23
movimiento y carácter equilibrado. Sus cualidades deberán primar sobre sus posibles pequeñas
imperfecciones.
La calificación de Excelente no puede ser otorgada a perros menores de nueve meses.
Esta calificación puede otorgarse en las Clases de Jóvenes, Veteranos, Intermedia, Abierta, Trabajo y
Campeones.
Muy Bueno
Se calificarán como Muy Buenos los perros cuyo tipo y características generales se ajusten al estándar de la
raza, que sean equilibrados en sus proporciones y que estén en correctas condiciones. Pueden tolerarse
algunas faltas menores, pero ninguna de naturaleza morfológica ni de temperamento.
Es la máxima calificación que puede otorgarse en Clase de Cachorros.
Bueno
Será atribuido a los ejemplares que posean las características de la raza, pero que presenten faltas o
deficiencias.
Suficiente
Para los ejemplares que, aún ajustándose al «tipo», no tienen las características, cualidades y condición física
deseables, según el estándar.
Insuficiente
Será para los ejemplares que presentan algún defecto descalificatorio, según el estándar de la raza, o que
muestren una conducta agresiva hacia las personas u otros perros, lo que se hará constar explícitamente en el
carné de juez. Esta calificación también se otorgará a los perros que presenten alguna característica exagerada
de la raza, que pueda afectar a su salud.
Sin Calificar /No puede ser juzgado
Se otorgará esta evaluación a los perros que no puedan recibir una de las calificaciones antes mencionadas,
porque su actitud reiterada en el ring haga imposible evaluar el movimiento, la corrección de la dentadura, la
anatomía, la estructura, los testículos o cualquier otra característica de la raza, lo que se hará constar
explícitamente en el carné de juez. Se incluye también en este apartado a los perros que presenten cojera
evidente, fortuita o no, en el ring.
Los cuatro primeros perros de cada clase deberán ser clasificados siempre que hayan recibido, al menos, la
calificación de Excelente o de Muy Bueno si se trata de la Clase Cachorros.
ARTÍCULO 18º. CERTIFICADOS DE CAMPEONATO
El C.A.C. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, declarados en la exposición mejores de su raza o
variedad, que, según el juez, reúnan méritos suficientes para poder optar al Título de Campeón en España de
Belleza de la R.S.C.E. y hayan sido calificados como “Excelente 1º”, entre los que compitan en las Clases
Intermedia, Trabajo y Abierta.
El Rappel de C.A.C. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, inscritos en Clase Campeones siempre y
cuando sean mejores que los que obtienen el C.A.C. (en exposiciones caninas nacionales).
El C.A.C.T. se otorga a los perros que acrediten su preparación y condiciones en las pruebas de trabajo deportivo.
El R.C.A.C. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, que, según el juez, reuniendo méritos suficientes para
poder optar al título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y no habiéndoles sido atribuido el C.A.C.,
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 24
hayan sido calificados como Excelente 2º en la clase que ha obtenido el C.A.C., y Excelente 1º en el resto de las
clases que compitan (Intermedia, Trabajo, Abierta).
El C.A.C.I.B. podrá ser concedido, según criterio del juez, a los ejemplares, macho y hembra, vencedores en la
prueba de su raza y variedad, que tengan cualidades suficientes para poder optar al Título de Campeón
Internacional de Belleza de la F.C.I. y hayan sido calificados como “Excelente 1º”, entre los que compitan en las
Clases Intermedia, Trabajo, Abierta y Campeones.
El R.C.A.C.I.B. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, que, según el juez, reuniendo méritos suficientes
para poder optar al título de Campeón Internacional de Belleza de la F.C.I. y no habiéndoles sido atribuido el
C.A.C.I.B., hayan sido calificados como Excelente 2º en la clase que ha obtenido el C.A.C.I.B., y Excelente 1º en el
resto de las clases que compiten (Intermedia, Trabajo, Abierta, Campeones).
En las exposiciones de belleza o estructura canina los C.A.C. y C.A.C.I.B. pueden no ser concedidos, aunque se
hayan otorgado las calificaciones de “Excelente 1º”, si ninguno de los ejemplares examinados reúne, a criterio del
juez, las cualidades superiores para optar a los títulos de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. o Campeón
Internacional de Belleza de la F.C.I..
Los calificados con R.C.A.C.I.B. o R.C.A.C. obtendrán, automática y respectivamente, el C.A.C.I.B. y C.A.C. en los
casos en que el ejemplar que los haya obtenido en la misma exposición fuera ya Campeón Internacional de
Belleza de la F.C.I. o Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. respectivamente y cuyos títulos, en cada uno de
ambos casos, hayan sido homologados por la F.C.I. o por la R.S.C.E..
También pasará al segundo clasificado siempre que tenga el R.C.A.C.I.B. y/o el R.C.A.C., el C.A.C.I.B. y/o C.A.C.
otorgado al ejemplar que le precedió en la clasificación, si la calificación que inicialmente obtuvo no es
homologada por el Comité de Dirección de la R.S.C.E., por haber sido descalificado por acuerdo de la Comisión
Ejecutiva de la exposición o, posteriormente, por acuerdo de la F.C.I. o de la R.S.C.E., por causa justificada.
ARTÍCULO 19º
El Comité de Dirección de la R.S.C.E. fija las condiciones a tener en cuenta para la obtención del Título de
Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y que, en la actualidad, son:
1º a) 4 C.A.C.’s, uno de ellos en la Exposición Internacional organizada directamente por la R.S.C.E. o por otra
sociedad colaboradora de la R.S.C.E., a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para
poner en juego el C.A.C. obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España, y 1
Excelente en Clase de Campeones, Clase Trabajo, Clase Abierta o Clase Intermedia, en la exposición
monográfica de su club de raza en que se ponga en juego el C.A.C. de la R.S.C.E. o en otra exposición
internacional organizada directamente por la R.S.C.E. o por otra sociedad canina colaboradora de la
R.S.C.E., a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en juego el C.A.C.
obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España.
b) 4 C.A.C.’s, uno de ellos en la exposición monográfica de su club de raza en que se ponga en juego el C.A.C.
de la R.S.C.E. o en una exposición internacional organizada por la R.S.C.E. o por otra sociedad canina
colaboradora de ésta a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en
juego el C.A.C. obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España, y 1 Excelente, en
Clase de Campeones, Clase Trabajo, Clase Abierta o Clase Intermedia, en otra exposición internacional
organizada directamente por la R.S.C.E. o por otra sociedad canina colaboradora de la R.S.C.E., a la que
el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en juego el C.A.C. obligatorio y
necesario para obtener el título de Campeón en España.
2º Estas calificaciones deben ser concedidas, al menos, por 3 jueces diferentes.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 25
3º Un perro no obtiene el Título de Campeón en tanto no es homologado por el Comité de Dirección de la
R.S.C.E.. Entretanto, si compite debe hacerlo en Clase Intermedia, Abierta o Trabajo, según le corresponda.
ARTÍCULO 20º. PREMIOS EN LAS PRUEBAS FINALES
Entre el macho y la hembra de cada raza que hayan obtenido el C.A.C.I.B., C.A.C. o Rappel, según sea exposición
internacional o nacional; el macho y la hembra de la Clase Jóvenes que hayan obtenido la calificación de Excelente
1º; y el macho y la hembra de la Clase Veteranos que hayan obtenido la calificación de Excelente 1º, el juez elegirá
el Mejor de Raza.
Entre los mejores de cada raza así elegidos, se designará el Mejor de cada Grupo.
Los vencedores de cada grupo competirán entre sí para la obtención del premio al Mejor Ejemplar de la
Exposición.
Potestativamente, y siempre que lo haya hecho público en el folleto informativo de la exposición, la sociedad
organizadora podrá disponer que se elijan los Mejores Ejemplares de la exposición de las Clases Cachorros,
Jóvenes y Veteranos, previa elección de los Mejores de Grupo de cada una de estas clases, independientemente
de que los ejemplares de las Clases Jóvenes y Veteranos pudieran participar en la elección del Mejor Ejemplar
Absoluto de la Exposición.
Podrán otorgarse también trofeos a la Mejor Pareja y a los Mejores Ejemplares de la Clase de Cría.
En todas las exposiciones nacionales e internacionales donde se ponga en juego el C.A.C. de la R.S.C.E. y/o el
C.A.C.I.B. de la F.C.I., se entregará un Trofeo Especial de la R.S.C.E. al Mejor Perro de Razas Españolas.
VIII
DERECHOS Y DEBERES DE LOS EXPOSITORES
ARTÍCULO 21º. DEFINICIÓN Y GENERALIDADES
Tendrán la condición de expositores, a efectos del presente reglamento, las personas físicas o jurídicas que
figuren en el libro de orígenes en que los perros participantes estén inscritos como propietarios de los ejemplares
presentados, a la fecha de cierre de las inscripciones.
Las inscripciones en las exposiciones, y los datos consignados en las hojas de inscripción, se consideran hechas de
buena fe.
Cualquier dato erróneo o falso que sea detectado en la inscripción, antes o en el transcurso de la exposición, será
subsanado por la Comisión de Admisión y Clasificación.
En el supuesto caso de que el error o dato falso fuera detectado una vez otorgadas las calificaciones y sus
consecuencias afecten a terceros, las calificaciones concedidas al ejemplar causante de la irregularidad serán
anuladas.
ARTÍCULO 22º. DERECHOS DE LOS EXPOSITORES
En los casos de fuerza mayor que impida el desplazamiento y participación en la exposición del perro inscrito, y
sea debidamente justificada esta circunstancia, el expositor tendrá derecho a que le sea reintegrado el 50% de la
cantidad abonada a la sociedad organizadora en concepto de derechos de inscripción, siempre que la
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 26
comunicación de la ausencia y justificante obren en poder de la sociedad organizadora con una antelación mínima
de ocho días a la fecha de apertura del certamen.
La sociedad organizadora deberá facilitar gratuitamente a cada expositor dos pases o entradas a la exposición.
Cuando el número de perros inscritos a nombre de una misma persona así lo requiera, la sociedad organizadora
podrá facilitar más pases para acceder al recinto de la exposición.
ARTÍCULO 23º. RECLAMACIONES
Las reclamaciones que puedan presentarse por actos u omisiones producidos durante la celebración de la
exposición, que sean imputables a la organización, deberán ser formuladas por el expositor mediante escrito
razonado, con aportación de pruebas, si las hubiera, dirigido al Presidente de la Comisión Ejecutiva de la
exposición y entregado en las oficinas de la sociedad organizadora instaladas en el recinto de la exposición antes
de su clausura o en la sede social de ésta en el plazo máximo de ocho días desde la fecha de clausura de la
exposición.
La Comisión Ejecutiva de la exposición emitirá un informe sobre los hechos denunciados para la Junta Directiva de
la sociedad organizadora de la exposición, que deberá resolver en el plazo máximo de dos meses. En el caso de
que la resolución de los hechos denunciados se exceda de las atribuciones de la Junta Directiva de la sociedad
organizadora, ésta dará traslado del expediente a la R.S.C.E., con el informe de la Comisión Ejecutiva de la
exposición, y su propuesta de resolución, en el plazo de un mes desde que la denuncia fuera presentada.
En este caso, el Comité de Dirección de la R.S.C.E. resolverá en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de
recepción de la denuncia.
Caso de que la documentación que aporte la sociedad organizadora con el escrito de denuncia sea considerada
insuficiente por el Comité de Dirección de la R.S.C.E., éste podrá solicitar más información y la práctica de las
pruebas que considere necesarias, con audiencia del denunciante, durante un mes, prorrogándose un mes más el
plazo de que dispone el Comité de Dirección para dictar su resolución.
Contra los acuerdos adoptados por la Junta Directiva de la sociedad organizadora, en las denuncias que pueda
resolver dentro de sus atribuciones, el denunciante puede interponer recurso de revisión ante el Comité de
Dirección en el plazo de quince días naturales, a partir de la fecha de notificación de la resolución.
Cuando sea el Comité de Dirección de la R.S.C.E. el que adopte directamente el acuerdo, por excederse la
cuestión planteada de las atribuciones de la sociedad organizadora de la exposición, cabe recurso de reposición
ante el propio Comité de Dirección en el improrrogable plazo de quince días naturales, que deberá ser resuelto
dentro de los dos meses siguientes.
Contra las resoluciones en reposición del Comité de Dirección de la R.S.C.E. en revisión o en reposición no caben
otros recursos por vía interna de la Real Sociedad Canina de España.
ARTÍCULO 24º. DEBERES DE LOS EXPOSITORES
Los expositores deberán observar en todo momento en el recinto de la exposición, dentro y fuera del ring,
durante el tiempo que duren las pruebas, la corrección y respeto para con los demás expositores, jueces,
miembros de la organización y público en general, que les son exigibles; y aceptar las normas y disposiciones de la
R.S.C.E. y las calificaciones otorgadas por los jueces.
Todo expositor tiene la obligación de conocer y aceptar el presente reglamento.
Los expositores deberán:
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 27
a) Abstenerse de manipular a sus ejemplares con prácticas ilícitas que puedan inducir a error a los jueces. No
se podrá tratar el manto, la piel o la nariz de manera que se pueda cambiar su estructura, color o forma, ni
tampoco arreglar el perro en el recinto de la exposición utilizando cualquier tipo de sustancia. Sólo se
permite el uso del peine y del cepillo.
b) Presentar a sus perros en las condiciones higiénico-sanitarias exigibles y libres de parásitos.
c) Someter a sus perros a la inspección veterinaria fija o itinerante que le pueda ser requerida durante el
transcurso de la exposición.
d) Tener un trato correcto con los jueces, comisarios, miembros de la organización de la exposición,
expositores y público en general.
e) Abstenerse de informar al juez o a los comisarios, antes del final de los juicios, de anteriores logros de su
ejemplar.
f) Aceptar con deportividad el fallo del juez.
g) Presentar sus perros en las pruebas finales para las que se hubiese clasificado.
h) Mantener sus perros en el recinto de la exposición, en tanto no se les autorice para que retiren los
mismos.
i) Retirar sus ejemplares del recinto de la exposición al término de los juicios en cada jornada.
Los expositores responderán del buen cuidado y comportamiento de sus perros y de los presentadores,
conductores o cuidadores de los mismos, de no ejercer estas funciones el propio expositor; siendo responsables
de cualquier daño, perjuicio o molestia que sus perros puedan ocasionar a terceros.
Los expositores que hayan obtenido con sus perros calificaciones que les permitan tener acceso a las pruebas
finales y no los presenten al ser llamados al ring para estas competiciones, podrán perder las calificaciones y
premios que se les hayan otorgado, salvo en caso justificado de fuerza mayor y siempre con el visto bueno del
Comisario General de la exposición.
IX
DESCALIFICACIONES
ARTICULO 25º
La Junta Directiva de la sociedad organizadora de la exposición dará traslado al Comité de Dirección de la R.S.C.E.
de las denuncias que puedan presentarse por incumplimiento de alguna de las exigencias mencionadas en los
artículos 23 y 24, a las que acompañará un informe de la Comisión Ejecutiva sobre los hechos denunciados y
pruebas practicadas.
El Comité de Dirección de la R.S.C.E., a la vista de la documentación aportada, decidirá sobre la apertura de un
expediente informativo o, en su caso, sancionador, para depurar los hechos denunciados, designando Juez
Instructor del expediente. Se dará traslado al interesado del correspondiente pliego de cargos para que, en el
plazo de quince días, haga alegaciones y presente o proponga las pruebas que considere precisas para el mejor
esclarecimiento de los hechos, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se interpretará que renuncia a
aportar nuevas pruebas y a hacer nuevas declaraciones, por lo que el expediente seguirá su trámite con las
pruebas y la documentación incorporadas al mismo y el resultado de las pruebas que decida practicar el
Instructor.
El instructor del expediente presentará al Comité de Dirección sus conclusiones y propuesta de sanción, el cual
dictará la resolución que proceda, en el plazo máximo de cuatro meses.
Contra la resolución del Comité de Dirección podrá interponer el expedientado recurso de revisión, en el plazo de
quince días, ante el propio Comité de Dirección. Para resolver el recurso será necesaria la presencia de, al menos,
las dos terceras partes de los miembros del Comité de Dirección.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 28
Contra los acuerdos adoptados por el Comité de Dirección en el recurso de revisión no caben nuevos recursos por
vía administrativa interna de la R.S.C.E.
ARTÍCULO 26º
Se consideran faltas graves:
a) Ofender de palabra u obra a los jueces actuantes en la exposición, miembros del Comité de Dirección de
la R.S.C.E. y/o miembros de la Junta Directiva de la asociación organizadora de la exposición; comisarios y
miembros de la organización actuantes en la muestra
b) Tratar de engañar a jueces y comisarios manipulando documentaciones
c) Manifestarse públicamente contra las decisiones de los jueces
d) Manipular los perros concursantes con intención de tratar de inducir a error al juez
e) Intentar coaccionar al juez informándole, antes del final de los juicios, de anteriores logros, títulos o
calificaciones de su ejemplar. Tal actitud podrá ser motivo de descalificación.
ARTICULO 27º
Las faltas graves pueden ser sancionadas con la descalificación del perro expuesto, y la prohibición al propietario
y/o al presentador de presentar perros en exposiciones y concursos caninos organizados o autorizados por la
R.S.C.E. por un periodo de seis meses hasta la exclusión por tiempo indefinido, según la gravedad del caso, a juicio
del Comité de Dirección de la R.S.C.E..
ARTICULO 28º
Las faltas consideradas menos graves pueden ser resueltas por la Junta Directiva de la sociedad organizadora de la
exposición. Las calificadas como graves son de la competencia exclusiva del Comité de Dirección de la R.S.C.E..
Tendrán consideración de faltas menos graves las que no estén comprendidas entre las relacionadas en el artículo 26.
Las faltas menos graves pueden ser sancionadas por la Comisión Ejecutiva de la exposición con la prohibición de
presentar perros en exposiciones y concursos caninos organizados por la sociedad organizadora de la exposición
por un periodo máximo de seis meses, y la descalificación del perro expuesto por el mismo periodo.
ARTÍCULO 29º
Ninguna responsabilidad alcanzará a la R.S.C.E. ni a la sociedad organizadora de la exposición por efecto de una
mala clasificación o calificación de los perros por parte de los jueces; errores en los catálogos; muerte, accidente,
pérdida, robo o extravío de los ejemplares expuestos; desperfectos en las instalaciones de casas comerciales o de
particulares, adornos de las mismas y géneros almacenados en los stands; no celebración o suspensión temporal
o definitiva de la exposición; así como tampoco por los perjuicios que, por cualquier causa no imputable a la
sociedad organizadora, pudieran ocasionarse a los expositores, entendiéndose que no tendrán derecho a
indemnización alguna por los conceptos expresados ni por ningún otro.
La sociedad organizadora de la exposición se compromete, por otra parte, a establecer las medidas de vigilancia
necesarias a fin de tratar de evitar, en lo posible, que se produzca ningún tipo de anomalías.
Los perros deberán ser conducidos dentro del recinto de la exposición de manera controlada, con total garantía
para los demás expositores, organizadores y visitantes y para los otros perros participantes.
En caso de que la conducta de algún perro, y su falta de control por el conductor, representen algún peligro, será
retirado de la exposición, a indicación del Comisario General, y no serán devueltos al expositor los derechos de
inscripción pagados. Dependiendo de la gravedad de los hechos, podrá no permitirse la participación del ejemplar
en otras exposiciones.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 29
La R.S.C.E. o sociedad organizadora no asumirá ninguna responsabilidad por las mordeduras u otras lesiones que
los perros puedan producir a terceros, ni por las consecuencias derivadas de tales actitudes. Sin menoscabo de lo
anterior, el expositor deberá tener suscrita una póliza que cubra la responsabilidad civil por las posibles
incidencias que puedan producirse.
X
DISPOSICIONES GENERALES, FINALES Y TRANSITORIAS
ARTÍCULO 30º
En todas las exposiciones en las que se ponga en juego el C.A.C. y/o el C.A.C.I.B., se realizará un control de la
identificación de los perros participantes. Para ello, se verificará la identificación del 3% de los perros
participantes. La sociedad organizadora enviará a la R.S.C.E. un listado de los perros verificados.
ARTÍCULO 31º
La R.S.C.E. y, en su caso, la sociedad canina organizadora de la exposición se reservan el derecho de fotografiar y
publicar las fotografías de los perros participantes y sus presentadores, aunque en las mismas aparezcan personas
ajenas al perro y a la propia exposición.
El expositor autoriza expresamente a la sociedad organizadora de la exposición a publicar sus datos personales,
como expositor, en el catálogo de la exposición.
ARTÍCULO 32º
El hecho de suscribir la inscripción para la exposición presupone el conocimiento y la aceptación del presente
reglamento, comprometiéndose las partes afectadas a su cumplimiento.
ARTÍCULO 33º
La Comisión Ejecutiva de la exposición podrá alterar el orden inicialmente establecido para los juicios y, si fuera
necesario, cambiar a los Jueces que hayan de juzgar las distintas razas y clases, anunciándolo previamente a los
expositores, y dándolo a conocer públicamente en el recinto de la exposición, antes de que los expositores de la
raza y clase, cuyo Juez se cambie, sean llamados para participar en el ring.
ARTÍCULO 34º
La Real Sociedad Canina de España se reserva el derecho de designar un delegado en cada exposición, que será
representante del Comité de Dirección para intervenir y resolver cualquier cuestión que afecte a la organización y
desarrollo de la exposición.
ARTÍCULO 35º
Las asociaciones legalmente reconocidas que colaboren con la R.S.C.E. y deseen poner en competición el C.A.C.
y/o el C.A.C.I.B., deberán solicitarlo al Comité de Dirección antes del día 31 del mes de enero del año anterior, con
indicación de la fecha y lugar de celebración, a fin de ser incluidos en el calendario de exposiciones nacionales o
internacionales del año siguiente, y procurar que todas ellas se celebren en fechas distintas y que no haya
interferencias en cuanto a coincidencia de fechas, jueces y proximidad, que pudieran perjudicar a las asociaciones
organizadoras y a los expositores que aspiran a obtener puntos valederos para el título de Campeón en España de
Belleza de la R.S.C.E. o Campeonato Internacional de Belleza de la F.C.I.
Reglamento de Certámenes de Morfología Canina 30
En cualquier caso, estas asociaciones deberán regirse por las normas contenidas en el presente reglamento, ya
que los certificados que otorgan son valederos para el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E., y
Campeonato Internacional de Belleza de la F.C.I.
El presente reglamento ha sido modificado y aprobado en la reunión del Comité de Dirección de la R.S.C.E.
celebrada en Madrid el 26 de junio de 2013.
(Las modificaciones aparecen en negrita y cursiva).
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